Senado aprueba regulación de trabajo en plataformas de reparto
Senado aprueba regulación de trabajo en plataformas de reparto
Con 113 votos a favor, el Senado aprobó la reforma para regular el trabajo en plataformas digitales de reparto, que beneficiará a 658 mil empleados.
El decreto que adiciona los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo, busca que los trabajadores dejen de ser considerados independientes, por lo que a través de esta reforma tendrán acceso a la seguridad social integral mediante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), incluyendo atención médica, pensiones y cobertura ante riesgo laborales.
Establece también que las aportaciones que hagan al Infonavit, les permitirá acceder a créditos para una vivienda digna.
La iniciativa que fue enviada al Ejecutivo para su promulgación, también especifica que quienes laboren al menos 288 horas anuales, podrán participar en el reparto de utilidades.
Se especifica que el salario en el trabajo en plataformas de reparto se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado, el cual contemplará el proporcional de día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras.
Además se garantiza transparencia en los algoritmos utilizados por las plataformas de reparto, y respeta la flexibilidad del modelo, al permitir que las personas definan sus horarios y tareas, pero con la certeza de que estarán protegidas por la ley.
El dictamen señala que habrá sanciones para los empleadores que no cumplan con las normas laborales.
También se clarifican las condiciones para la participación en beneficios y la gestión de contratos laborales, se especifica que el trabajo en plataformas digitales de reparto es una relación laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas que requieran la presencia física de la persona trabajadora para la prestación del servicio, las cuales son gestionadas por una persona física o moral en favor de terceros a través de una plataforma digital.
Además, se señala que el trabajo en plataformas digitales de reparto será principalmente flexible y discontinuo, por lo que se entenderá que existe relación laboral durante el tiempo efectivamente laborado por la persona trabajadora de plataforma.
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